Casación unificó el juicio a Cristina Kirchner por las causas Hotesur y Los Sauces

La decisión de Casación unificó los procesos por presunto lavado de dinero y asociación ilícita, y dejó sin efecto la postergación de una de las causas hasta 2027. La Cámara Federal de Casación Penal revocó el desdoblamiento del juicio oral contra la ex vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en las causas Hotesur y Los Sauces. Mediante un fallo dictado por mayoría, la Sala I anuló la postergación hasta 2027 del tramo referente a la sociedad hotelera. De este modo, la ex mandataria deberá afrontar un único proceso unificado por los presuntos delitos de lavado de dinero y asociación ilícita. El pronunciamiento respondió a las apelaciones del Ministerio Público Fiscal y la querella de la UIF contra la separación resuelta por el tribunal de juicio. Las partes acusadoras advirtieron que dividir el juzgamiento a la ex presidenta distorsionaba la teoría del caso y la prueba compartida entre ambas firmas. Argumentaron asimismo que la fragmentación del expediente ponía en riesgo la coherencia de las imputaciones formuladas hacia la ex jefa de Estado. Argumentos centrales sobre la conexidad de la causa En el voto mayoritario, los jueces Daniel Antonio Petrone y Diego G. Barroetaveña indicaron que el desdoblamiento no contaba con la fundamentación idónea para sostenerse. Explicaron que “la conexidad responde a razones jurídicas vinculadas, en el caso, con las reglas que rigen el concurso de delitos, y no a una mera conveniencia instrumental”. Bajo ese criterio, descartaron que las dificultades logísticas justificaran separar la acusación contra la ex mandataria. En ese marco, la alzada cuestionó las razones organizativas aducidas por el tribunal inferior para desarticular la tramitación conjunta resuelta en 2019. En su resolución, remarcaron que “las facultades ordenatorias están precisamente destinadas a permitir que el tribunal adapte la gestión del debate… sin que ello implique modificar las reglas de juzgamiento”. De esta manera, subrayaron que los aspectos operativos no pueden alterar la estructura del proceso principal. El voto en disidencia y la situación procesal Por su parte, el juez Alejandro W. Slokar votó en disidencia por declarar la inadmisibilidad de los recursos de casación formulados. Sostuvo en su fundamento que “por tratarse de un acto de dirección del proceso, la decisión atacada no es susceptible de ser impugnada por la vía casatoria”. Añadió además que la distribución temporal del debate oral constituye una facultad exclusiva y propia del tribunal de juicio. Con el pronunciamiento de la mayoría, quedó revocada la resolución que difería la instancia de Hotesur para una fecha posterior. La decisión judicial dejó ratificado el criterio de acumulación material dispuesto originariamente sobre las maniobras atribuidas a Fernández de Kirchner. El máximo tribunal penal del país encomendó garantizar el buen orden procesal y la celeridad en el desarrollo de las audiencias. El Intransiente