Nuevas Medidas COVID-19 en Rosario de Lerma.

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#Salta En la mañana de ayer se realizo una nueva reunión del Comité de Emergencia Municipal encabezado por el intendente Enrique Martinez. De la misma salieron las nuevas disposiciones municipales en el marco de la Pandemia Covid-19 similares a las dispuestas por el gobierno provincial.

DISPOSICIONES DEL COEM (Comité de emergencia Municipal)
En la mañana de hoy se realizó una nueva reunión del comité del emergencia municipal. Las últimas medidas, de acuerdo a los dispuesto por la Provincia, hasta el día 8 de noviembre inclusive:



Adhesión a la Resolución N° 58/20 y 59/20 del COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA de la Provincia, continuando con la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”.

Prohibición de circular dentro del municipio, a partir de las 00:00 a 06:00hs. Con excepciones de servicios esenciales.

Comercios en general podrán funcionar hasta las 22:00 horas. En cuanto a los supermercados y autoservicios rige la limitación de concurrencia e ingreso según terminación de DNI: días Lunes, Miércoles y Viernes cuyo DNI finalice en número par y los días Martes, Jueves y Sábado cuyo DNI finalice en número impar. Días domingos sin limitación por terminación de DNI.

ACTIVIDAD GASTRONOMICA: continúa funcionando con estricta protección sanitaria, respetando los protocolos vigentes, con atención en espacios abiertos y ventilados hasta las 24:00 hs.

Las actividades DEPORTIVAS, ARTISTICAS y CULTURALES: Los clubes y espacios independientes culturales para prácticas de disciplinas ya habilitadas y lugares de práctica artística, tales como centros de yoga, escuelas de danzas, de artes escénicas u otras afines, podrán funcionar conforme a las pautas de protocolo sanitario correspondiente, con limitación de hasta DIEZ (10) personas, respetando las distancias y medidas protocolares establecidas, hasta 22:00 hs. La excepción únicamente para FUTBOL 5 en locales habilitados, con último turno asignado a hs. 22:00.



Actividades RELIGIOSAS en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, asentados en Registro Nacional de Cultos, podrán celebrar ceremonias bajo los respectivos protocolos hasta las 22:00 hs. Se invita a tales instituciones a continuar promoviendo las ceremonias virtuales, además de la presencial; sólo con el fin de evitar aglomeraciones de personas.

Actividades RECREATIVAS, las personas podrán desarrollar actividades físicas y recreativas, respetando los parámetros de distanciamiento social hasta las 22hs.

PARQUES URBANOS Y PLAZAS: Permanencia permitida hasta hs 22:00, respetando parámetros de distanciamiento social.

MUDANZAS Y FLETES: Actividad habilitada todos los días hasta horas 22:00.

OBRA PRIVADA: Desplazamiento de personas afectadas, con el permiso de circulación vigente.

TURISMO INTERNO: Se habilita el desplazamiento de personas entre Municipios.