La Cámara de Diputados de la Nación aprobó el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, donde se establecen procedimientos sobre el recupero de viviendas y terrenos ocupados, modifica las condiciones de expropiación del Estado, contempla disposiciones sobre registros inmobiliarios y restablece restricciones a la compra de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras.
Si bien se concentró el debate en la restitución de la Ley de Tierra, también se introdujeron modificaciones que impactan en la cotidianeidad, entre desalojos judiciales, plazos para reclamar deudas de alquiler y las condiciones que deberá cumplir el Estado para expropiar una propiedad por razones de utilidad pública.
Para los desalojos más rápidos, se propone la creación de un procedimiento judicial más rápido para recuperar inmuebles ocupados sin autorización o donde haya una discusión por restitución. Se argumenta aquí, una mayor protección a los propietarios y el recupero de sus viviendas, locales o terrenos, informó El Tribuno.
Así se prevé que el juez disponga la restitución anticipada del inmueble siguiendo siempre la norma. No se habilita a desalojar por cuenta propia ni que la denuncia derive automáticamente en una expulsión, sino que se modifica el procedimiento de la Justicia en su análisis y resolución de conflictos.
Los bloques opositores cuestionaron respecto a las garantías de los ocupantes, sobre todo cuando hay situaciones de vulnerabilidad social o reclamos relacionados con comunidades originarias.
Con respecto a los inquilinos, por incumplimiento de pago, se sostiene que, en caso de deuda de alquiler, el dueño puede realizar una intimación para que se regularice antes de avanzar con una demanda de desalojo. Se establece un plazo de diez días corridos desde la recepción de la intimación para pagar deuda, si continúa la deuda y no se restituye el inmueble el propietario puede iniciar la acción judicial.
En cuanto a las expropiaciones del Estado, se otorga la capacidad al Estado de adquirir obligatoriamente una propiedad privada cuando existe causa de utilidad pública declarada conforme a la legislación. El alcance debe analizarse en relación con las leyes provinciales y las atribuciones constitucionales de cada jurisdicción.
En el proyecto el oficialismo incorporó dos artículos para dejar sin efecto la derogación de la Ley de Tierras Rurales y restablecer su vigencia.
Se establece restricciones a la propiedad extranjera de tierras rurales, también establece restricciones específicas sobre la cantidad de hectárea que pueden adquirir determinados titulares extranjeros de acuerdo a las características de la región y las equivalencias establecidas por la normativa.
Las votaciones para el visto bueno de esta iniciativa impulsada por el gobierno oficial en Diputados , fueron ajustadas, con 124 votos positivos, 119 en contra y 6 abstenciones. Ahora el Senado deberá decidir si acepta las modificaciones aprobadas o no.
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