Gauffin apunta al poder otorgado a Nallar por decreto 443 del DEM

El Concejo Deliberante capitalino sesiona en la fecha a partir de las 16. Uno de los temas que sobresalen es un proyecto del concejal José Gauffin (JxC+) que requiere al Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) la derogación del Decreto 443/21.

En el texto de este último se delega a la Secretaría Legal y Técnica la decisión de convocar, la realización y la adopción de las decisiones en caso de toda audiencia pública. 

El caso involucra a Daniel Nallar a cargo de esa función en la comuna.  

El escrito fue elaborado por la Comisión de Legislación General que preside la concejala Paola Benavides (Salta Independiente), en virtud a un expediente remitido por el Ejecutivo Municipal.

También Gauffin es impulsor de un proyecto de Resolución que requiere al DEM que reglamente en el término de sesenta (60) días la Ordenanza N° 15.885 y proceda a su implementación. La norma adhiere a la Ley Nacional N° 27.275 del derecho al acceso a la información pública.

Concesión de  crematorio

La molestia de los ediles respecto al Decreto 443 es que le da facultades al Secretario Legal y Técnico para llevar adelante audiencias y concretar acciones que son del Ejecutivo, así como del Concejo Deliberante.

Es así que el año pasado se hizo la convocatoria de audiencia para con ello dar curso a la concesión para el servicio funerario y un crematorio que propuso la empresa Pieve S.A. Atento a ello Nallar emitió la Resolución Nº 0170 en referencia a los expedientes Nº 030344-SG-2020, 030643-SG-2020, 002073-SG-2021, Notas SIGA Nº 8877/2020 y 7934/2021. El solicitante Pieve S.A, impulsó esta consulta de factibilidad para desarrollar dicha actividad en ruta nacional N° 9, Km 1578,2 matrícula N° 172.837. 

Indica que se realizó el procedimiento administrativo con la emisión de los instrumentos legales de las áreas competentes, la Resolución N° 0129/21 de la Subsecretaría de Política y Control Ambiental dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos y Ambiente que aprueba el Estudio de Impacto Ambiental y Social y emite la Declaración de Impacto Ambiental y Social (D.I.A.S) en el marco de la Ordenanza Nº 12745, artículo 21.

Fuente: Nuevo Diario