El último escrito de los fiscales que investigan el secuestro, las torturas, la violación y el posterior asesinato de las turistas francesas habla de «graves irregularidades que afectan la imparcialidad o razonabilidad del proceso».
Estas «graves irregularidades» han tenido, como es sobradamente sabido, consecuencias catastróficas para la investigación de los crímenes, que al día de hoy permanecen impunes.
Entre estas consecuencias nefastas podemos mencionar a las siguientes:
1) Un hombre que había sido absuelto en el único juicio contradictorio al que fue sometido, permaneció diez años en la cárcel, sin que hasta el momento el Estado haya insinuado siquiera que va reparar los daños causados.
2) Otro hombre, que ahora aparece vinculado a los crímenes, lleva quince años en libertad sin que ninguna autoridad judicial lo haya inquietado durante todo este tiempo.
3) Además, ha quedado plenamente acreditado en el proceso que unos policías (que posteriormente fueron premiados y ascendidos por el gobernador Juan Manuel Urtubey) plantaron pruebas para torcer el rumbo de la investigación. Solo después de 15 años, los fiscales han abierto causa contra estos policías, pero no se ha revisado la responsabilidad del Gobernador en estos hechos, así como la del entonces Ministro de Seguridad, Pablo Francisco Kosiner y la del que fuera su secretario en dicha cartera, Aldo Rogelio Saravia.
4) Pero hay algo todavía más grave que todo lo anterior: A quince años de cometidos los crímenes, el secuestro, las torturas, la violación y el posterior asesinato de las turistas francesas siguen todavía en la nebulosa, sin esclarecer. No se conoce quiénes fueron los perpetradores ni sus motivaciones; y todo, gracias a las «graves irregularidades» a las que los fiscales no han puesto nombre.
Estas irregularidades son, en principio, atribuibles, a título de culpa o dolo, a quien fuera el juez instructor del proceso y encargado de investigar los crímenes antes del juicio oral celebrado en 2013, que no es otro que el señor Martín Fernando Pérez, quien poco después de la conclusión de la etapa instructoria, fue ascendido por el gobernador Juan Manuel Urtubey al cargo de juez del Tribunal de Juicio, que ostenta desde aquellas fatídicas fechas.
Si las irregularidades a que se refieren los fiscales efectivamente se han producido, como ellos mismos afirman; si se encuentran suficientemente acreditadas en actuaciones públicas y si hay un responsable de las mismas, es muy poco comprensible que el Procurador General de la Provincia, que en virtud de lo que dispone el inciso 11 del artículo 32 de la ley provincial 7238 (orgánica del Ministerio Público de Salta) tiene la potestad de formular acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados del artículo 160 de la Constitución provincial, no haya deducido todavía la correspondiente acusación contra el responsable presunto.
Debió hacerse en el mismo momento en que se pidió la nulidad del sobreseimiento de una de las personas irregulamente desvinculadas de la causa entre 2012 y 2013.
A estas alturas de la evolución del proceso, ya caben muy pocas dudas acerca de que las irregularidades que se atribuyen al juez instructor del caso (que según los fiscales han convertido al proceso en «parcial» e «irrazonable») configuran, cuanto menos, mal desempeño o falta de cumplimiento de los deberes a su cargo, causales previstas expresamente en el artículo 160 de la Constitución Provincial como motivo de segura destitución.
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