El exjuez Claudio Parisi quedó en libertad pero con restricciones

El Tribunal de Juicio consideró que el imputado superó el plazo máximo legal de privación de la libertad sin recibir una condena y lo dejó en libertad aunque no podrá salir de Orán El Tribunal de Juicio, Sala I, del Distrito Judicial Orán ordenó la inmediata libertad de Claudio Alejandro Parisi, imputado en una causa por presuntos hechos de cohecho activo, incumplimiento de los deberes de funcionario público y cohecho pasivo agravado, entre otros acusados. La resolución fue firmada el 26 de octubre de 2026. El fallo revocó el arresto domiciliario que Parisi cumplía con monitoreo electrónico y sostuvo que se encontraba excedido el plazo máximo de privación de la libertad previsto por el Código Procesal Penal de Salta. El tribunal también remarcó que, hasta el momento de la resolución, no había recaído una sentencia condenatoria en su contra en estas actuaciones ni en las causas acumuladas. Parisi permanece privado de su libertad desde el 22 de octubre de 2024. Inicialmente estuvo bajo prisión preventiva, una medida que en mayo de 2026 fue morigerada por la jueza Norma Roxana Palomo y convertida en arresto domiciliario con monitoreo electrónico. Esa decisión había sido confirmada por la Sala III del Tribunal de Impugnación en julio. Entre sus argumentos, el tribunal señaló que la prisión preventiva tiene carácter excepcional y cautelar, por lo que no puede prolongarse indefinidamente ni convertirse en un adelanto de pena para una persona que conserva el estado de inocencia. Los jueces consideraron que el tiempo transcurrido debía computarse también durante el arresto domiciliario, dado que esa modalidad implica una restricción efectiva de la libertad. Además, el magistrado sostuvo que el Ministerio Público Fiscal no había solicitado una prórroga de la situación procesal de Parisi. No obstante, la resolución advirtió que la causa continúa abierta y que se aproxima la instancia de debate oral. Por ese motivo, el tribunal entendió que era necesario mantener determinadas medidas para asegurar la comparecencia del imputado ante la Justicia. Sin embargo, el mismo Tribunal impuso que Parisi deberá evitar contactar a los testigos de la causa, por ningún medio ni a través de terceras personas; deberá presentarse cada 30 días hasta la iniciación de las audiencias de debate oral. No podrá salir de Orán ni del país sin autorización judicial previa. El fallo advierte que el incumplimiento de estas obligaciones podría derivar en una nueva detención, si el Ministerio Público Fiscal lo solicita y se cumplen las condiciones correspondientes. La resolución fue acompañada por el voto del juez Fernando Mariscal Astigueta, en concordancia con los fundamentos expuestos por el vocal Mariano F. Gerónimo. La medida no implica el cierre de la causa ni una declaración de inocencia o culpabilidad: Parisi recuperará la libertad mientras continúa sometido al proceso judicial, con las restricciones fijadas por el tribunal. Aries