En diputado Mañana el proyecto de Horario Comercial en Salta

Nuestras redes

Noticias recientes

Exptes. 91-42.189/20 y 91-42.088/20. Proyectos de Ley:

Establecer el horario de atención al público en los establecimientos comerciales o de servicios que funcionen en el ámbito de la provincia de Salta, será entre las 09:00 y las 18:00 horas.
Autor: Dip. Ignacio Jarsún Lamónaca (B. Salta Tiene Futuro) y Dip. Manuel Santiago Godoy (B. Justicialista)

El proyecto de Ley que aquí se presenta tiene por objeto regular el horario de atención de los comercios en la provincia de Salta. La iniciativa surge tras mantener conversaciones con comerciantes, trabajadores y clientes, quienes en su mayoría manifiestan la necesidad de implementar el horario corrido de atención al público. Esto se vio plasmado en una encuesta realizada por la Cámara de Comercio e Industria de la Provincia, en donde se indica la opinión de los tres sectores mencionados en el sentido de la conveniencia de contar con el horario corrido. Esta postura no está limitada exclusivamente a los tiempos excepcionales que nos toca vivir por la pandemia de Covid-19 sino que existe una tendencia a elegir que esta modalidad  se mantenga en el tiempo.

Te Puede Interersar: Tablets Gratis ANSES. Como perdirlas

La situación actual por la que atraviesan la mayoría de los empleados del sector privado que han visto afectada su situación económica e ingresos, nos obliga a prestar atención a ese grupo de trabajadores que volvieron a prestar sus servicios como consecuencia de las nuevas medidas dispuestas por el Ejecutivo Nacional y Provincial. Dada la crisis, y los efectos que ha provocado la pandemia en sus ingresos y economía familiar, resulta necesario establecer un horario coherente que les permita poder transportarse desde sus hogares hacia los lugares donde prestan sus servicios, evitando que tengan que abonar el costo del transporte dos o más veces al día. La gran mayoría de ellos, viven en los barrios o lugares alejados de las zonas o ejido en donde se encuentran situados los comercios a donde concurren a prestar servicios, por lo que resulta razonable y necesario sancionar la presente Ley.