La Sala IV del Tribunal de Impugnación bajó las penas contra la ex cúpula de la Asociación Docente Provincial (ADP) por el escándalo del Fideicomiso Virgen de Urkupiña.
A un año de la sentencia original, la Sala IV del Tribunal de Impugnación de Salta resolvió reducir las condenas dictadas contra Patricia del Valle Argañaraz, exsecretaria general de la ADP, y Ana María Cerezo, extesorera del gremio.
Ambas habían sido condenadas a seis años de prisión efectiva, pero ahora el tribunal fijó una pena de tres años y seis meses de cárcel, al considerarlas coautoras de administración fraudulenta y estafa continuada.
También hubo reducción para otros dos imputados
El fallo también alcanzó a Raúl Dante Argañaraz y Nicolás Demetrio Zissi, quienes habían recibido penas de tres años de prisión condicional. Ahora, el Tribunal les impuso un año y seis meses de prisión de ejecución condicional, manteniendo las reglas de conducta.
El tribunal estuvo integrado por los jueces Guillermo Gustavo Akemeier y Federico Javier Armiñana Dohorman.
Qué cambió respecto de la condena original
En noviembre de 2024, el juez José Luis Riera, de la Sala VI del Tribunal de Juicio, había considerado que existían 26 hechos de estafas reiteradas, además del delito de administración fraudulenta.
Sin embargo, los jueces de Impugnación concluyeron que esos hechos constituyeron «un único hecho de estafa continuada», lo que impactó directamente en el monto de las penas.
Pese a aceptar parcialmente la casación, el tribunal no absolvió a los acusados y ratificó la responsabilidad penal.
El rol de la Fiscalía y las pruebas
Durante el juicio, la fiscal penal Ana Inés Salinas Odorissio, de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), había pedido penas de siete años de prisión para Argañaraz y Cerezo.
La acusación se apoyó en testimonios de docentes perjudicados y documentación que acreditó el uso de facturas y comprobantes falsos para justificar gastos inexistentes. Además, se probó que a través del Fideicomiso Virgen de Urkupiña se ofrecieron viviendas a afiliados que nunca fueron entregadas, pese a los pagos realizados.
Sin inhabilitación para cargos gremiales
Un dato clave del fallo es que no se aplicó la inhabilitación especial para ejercer cargos electivos en la ADP. La Fiscalía había solicitado una prohibición por 10 años, pero ese pedido ya había sido rechazado en primera instancia y volvió a quedar firme.
Tras la sentencia original, Argañaraz y Cerezo fueron detenidas y trasladadas a la Unidad Carcelaria N°4 de Villa Las Rosas, donde continúan alojadas.
QPS




