Julio y sus Feriados, puentes y días no laborables

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Este mes, hay uno inamovible y otro con fines turísticos. También una fiesta de sacrificio.

Comenzó julio y el calendario indica que, tanto para el mes, como para el resto del año, se avecinan varios feriados, y también días no laborables.

Si bien en esta ocasión la cuarentena impide llevar a cabo las escapadas de fin de semana, o los paseos extendidos, estos días resultarán ideales para descansar de las rutinas laborales con teletrabajo y del estudio en casa.

En lo que respecta a este mes, confluirán en el calendario un feriado inamovible y otro con fines turísticos (así establecido desde el año pasado), y una fiesta de sacrificio.

Se trata del jueves 9, feriado por el Día de la Independencia Nacional, el viernes 10, puente, y el viernes 31, solo para los habitantes que profesen la Religión Islámica, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 3 de la Ley N° 27.399.

¿Cuál es la diferencia entre feriados y días no laborables?
Uno de los interrogantes más habituales para los trabajadores que están en relación de dependencia, es si se cobra el feriado o no, y también aclarar la diferencia entre día no laborable y feriado:

-Feriado nacional: durante estos días los empleados no están obligados trabajar. Si trabajan, se les debe abonar el doble (un 100% más que un día normal).

-Día no laborable: el empleador tiene la decisión de hacer trabajar o no. Si se trabaja, el pago es el de un día normal, si no hay actividad, no se recupera otro día.

Los feriados y días no laborables del resto del año
Agosto
Martes 11, no laborable por la Fiesta del Sacrificio, solo para habitantes que profesen la religión islámica.

Lunes 17, feriado por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.

Miércoles 19, no laborable por el Año Nuevo Islámico. Solo para habitantes que profesen la religión islámica.

Septiembre
Martes 29 y miércoles 30, no laborable por Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná). Solo para habitantes que profesen la religión judía.

Octubre
Jueves 1º, no laborable por Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná). Solo para habitantes que profesen la religión judía.

Jueves 8 y viernes 9, no laborable por el Día del Perdón (Iom Kipur). Solo para habitantes que profesen la religión judía.